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Elecciones Generales 2026

SEGUNDA VUELTA
7 de junio

1-Presentación EEGG 2026

Mediante el Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, se convocó a la ciudadanía a participar en las Elecciones Generales 2026 para elegir a las siguientes autoridades:

• Presidente y Vicepresidentes de la República.
• Senadores y Diputados del Congreso.
• Representantes ante el Parlamento Andino.

El artículo 2 del citado decreto supremo dispuso que, al no haber obtenido ninguno de los candidatos a la Presidencia más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección presidencial entre los dos candidatos con la votación más alta. Esta jornada se llevará a cabo el domingo 7 de junio de 2026.

En ese sentido, a través de la Resolución Nº 1134-2026-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró de oficio que las Actas Descentralizadas de Proclamación de Resultados no presentan inconsistencias numéricas con relación al cómputo al 100% de la elección presidencial. Por lo cual, queda oficializado el padrón y las condiciones para este nuevo proceso electoral.

Por lo cual, la labor del RENIEC en esta segunda vuelta se concentra en garantizar la transparencia y la confiabilidad del Padrón Electoral oficial, así como en asegurar el derecho a la identidad de todos los peruanos mediante la entrega oportuna del DNI para la jornada de sufragio. Con el firme compromiso de mantener a los ciudadanos "Listos e informados", ponemos a su disposición este espacio web institucional. Aquí encontrará toda la información oficial y de libre acceso sobre el estado del padrón, las condiciones técnicas y legales del proceso, las estadísticas electorales vigentes y las respuestas a las dudas más frecuentes sobre los requisitos de su documento de identidad para ejercer un voto seguro y responsable este 7 de junio.

Información del Padrón para la Elecciones Generales 2026

2-FOTO TEXTO EEGG 2026

EEGG 2026 EEGG 2026

Guía para el Elector: Elecciones Generales 2026

¿El Padrón Electoral cambia para la segunda vuelta?

No. El padrón de la primera vuelta es exactamente el mismo para la segunda. Es importante precisar que este balotaje no genera una nueva lista de electores, ya que forma parte del mismo proceso de las Elecciones Generales 2026.
Por lo tanto, no se modificará ningún dato, no se cambiarán direcciones ni se adicionará a ningún votante más. El padrón utilizado cuenta con los datos registrados y cerrados al 14 de octubre de 2025.

¿Perdiste tu DNI, tramitaste uno nuevo y luego encontraste el anterior?
Recoge tu nuevo documento, porque será el único DNI válido para realizar trámites y ejercer tu derecho al voto.

3-FAQ-EEGG-2026

Mitos vs. Realidades

A. ¿Por qué aparecen fotos de niños en el Padrón?

Es un mito, los niños NO votan.
La aparición de fotografías correspondientes a DNI de menores en el Padrón Electoral responde estrictamente a la falta de renovación oportuna antes del cierre del padrón. Si el ciudadano no realizó el trámite de cambio de DNI de Menor a Mayor, el día de las elecciones, la lista de electores mostrará la fotografía de dicho documento.

B. ¿Votan los jóvenes que cumplen 18 años después de la primera vuelta?

Los jóvenes que cumplieron o cumplirán 18 años después del domingo 12 de abril de 2026 (fecha de la primera vuelta) NO están habilitados para votar en la segunda vuelta del 7 de junio.
• ¿Quiénes sí votan?: Solo sufragan quienes cumplieron la mayoría de edad hasta el 12 de abril de 2026 y fueron incluidos en el padrón aprobado por ley.
• ¿Quiénes no votan?: Si una persona alcanzó los 18 años el 13 de abril de 2026 o en días posteriores, no forma parte del padrón de este proceso y no podrá emitir su voto. Tampoco se le generará multa por omisión al sufragio.

C. ¿Fallecidos en el Padrón?

Es un mito, los muertos NO votan. Si una persona fallece y los deudos o familiares no inscribieron su defunción antes del cierre, seguirá con su DNI activo y figurará en el padrón electoral.
Cabe precisar que, tras la aprobación de la Ley N° 32264, el Reniec incorpora anotaciones marginales para transparentar los datos de los ciudadanos. Asimismo, como parte de este fortalecimiento del padrón, se informa mensualmente al JNE y a la ONPE sobre las defunciones registradas tras el cierre oficial.

D. ¿Qué pasa con los ciudadanos mayores de 100 años?

Es importante recordar que el ejercicio del voto para ciudadanos de 70 años a más es facultativo; es decir, pueden votar si lo desean, pero no están sujetos a multas por omisión.

E. Cambie mi dirección recientemente, ¿por qué no figura en el Padrón?

Si cambiaste tu dirección después del cierre del padrón (14 de octubre del 2025), no figurará en estas elecciones. Para este proceso, votarás en el distrito que tenías registrado en tu DNI antes de la fecha de cierre.

Si tienes dudas, comunícate con nosotros a través de los siguientes canales:

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